💕 REMESAS AL EXTERIOR GRUPO # 5 💕

 










UNIVERSIDAD DE PANAMÀ

CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO PANAMA ESTE

EXTENSION DE TORTÌ

LIC. EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS Y CONTABILIDAD

ESCUELA CONTABILIDAD

 

ASIGNATURA:

Contabilidad Tributaria II

 

FACILITADOR:

Luis Aguilar

 

MODALIDAD VIRTUAL

II Semestre 2021

 

MÓDULO N° 5

 

TEMA:

Remesas al exterior

 

ESTUDIANTES:

Batista, Darlenis 8-974-1643;

Batista, Luzmery 8-748-1607;

Noriega, Mackenzie 5-717-512;

Vega, Gloria 8-531-1392;

Daris, Villarreal 8-894-2183;


FECHA DE ENTREGA

26 de septiembre de 2021

            



INDICE

1       Concepto de remesas al exterior. 2

2       Leyes que regulan las remeses al exterior. 2

3       Intereses y comisiones pagadas o acreditadas en el exterior. 2

4       Base imponible para el cual se aplica la retención a las remesas a beneficiarios radicados en el exterior  2

4.1         Artículo 148.- Retenciones sobre remesas al exterior. 2

5       Calculo de impuesto por envió de remesas en el exterior. 2

 

 

 

Introducción

Las remesas constituyen uno de los aspectos novedosos y cada vez más importante del estudio de la migración internacional.

En este trabajo estaremos compartiendo el concepto de remesa exterior que son rentas recibidas de persona natural o jurídica que se encuentra fuera de la república de Panamá.

También La ley y artículo que regulan la remesa al exterior, los formularios que se deben utilizar para la presentación de la misma.

La base imponible aplicable a las remesas de beneficiarios las tarifas de los artículos 699 y 700 del código fiscal se aplicarán sobre 50% de las remesas al exterior. Los cálculos del monto que se aplican al año.

Hay también interés por las nuevas modalidades de transferencia, las cuales pueden potenciar los aspectos positivos de las remesas, y la integración financiera regional misma.

 


1       Concepto de remesas al exterior

La remesa es la renta recibida por las personas naturales o jurídicas domiciliadas fuera del territorio de la República de Panamá, generada como producto de cualquier servicio o acto, documentado o no que beneficie a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjera, ubicadas dentro de la República de Panamá.

Es decir, si Usted se encuentra en Panamá y envía hacia el exterior dinero producto de servicios o actos realizados en Panamá Usted está haciendo una remesa.

Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá.

¿Quiénes están obligados a retener este impuesto?

Toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas
a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, cuando se remesen al exterior rentas provenientes de remuneraciones por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior.

 ¿Por qué se convierten en un costo o gasto no deducible?
Cuando sujetos a la obligación de retener. Salvo que el pago de las retenciones se haga dentro del mismo año fiscal en que las sumas pertinentes se deducen como gastos.

2       Leyes que regulan las remeses al exterior

Ejecutivo 143 del 2005: Articulo 50 código fiscal, Artículos 699 a 700 decreto ejecutivo 170 de 1993, según el artículo 149 Resolución No. 201-12449 de 16 diciembre de 2011.

 Por la cual adopta el formulario para presentación de las operaciones remesas al exterior. 

 

3       Intereses y comisiones pagadas o acreditadas en el exterior

 La tasa a ser aplicada es la misma que se señala para personas jurídicas (25%), pero dicha tasa se aplica sólo sobre el cincuenta por ciento (50%) de la suma a ser remitida al extranjero.

Intereses comisiones pagadas o acreditadas en el exterior igual tratamiento reciben los intereses y demás cargos por razón de préstamos o financiamiento pagados o acreditados a un acreedor extranjero cuando el préstamo es utilizado económicamente en panamá.

Toda persona natural o jurídica que deba remitir a una persona natural o jurídica no residente en la República de Panamá sumas provenientes de rentas de cualquier clase producidas en el territorio panameño, excepto dividendos o participaciones, deberá deducir y retener, al momento de remitir dichas sumas en cualquier forma, la cantidad que establece el artículo 699 ó 700 de este Código, a la tarifa general, y entregará lo así retenido al funcionario recaudador del impuesto dentro de los diez días siguientes a la fecha de retención, en la medida en que dichos servicios incidan sobre la producción de renta de fuente panameña o la conservación de esta y su erogación haya sido considerado como gastos deducibles por la persona que los recibió. Este deber de retención no aplicará en el evento de que la persona natural o jurídica cuyo domicilio esté fuera de la República de Panamá se haya registrado como contribuyente del Impuesto sobre la Renta ante la DGI.

Formulario que debe presentarse cuando se remesen al exterior rentas provenientes de remuneraciones por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior

 

4       Base imponible para el cual se aplica la retención a las remesas a beneficiarios 

radicados en el exterior

Base imponible aplicable a las remesas de beneficiarios las tarifas de los artículos 699 y 700 del código fiscal se aplicarán sobre 50% de las remesas al exterior. Cálculo del impuesto para enviar remesas al exterior

 

4.1      Artículo 148.- Retenciones sobre remesas al exterior.

Toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, deberá deducir y retener la cantidad que resulte de aplicar las tarifas establecidas en los artículos 699 y 700 del Código Fiscal, según sea el caso.

 

Existe acreditamiento desde el momento que la persona dispone de las rentas correspondientes por cuenta del beneficiario radicado en el exterior, para realizar operaciones de cualquier naturaleza por cuenta de aquel, ya sea en el país o en el extranjero.

 Corresponde igualmente la retención si los pagos o acreditamientos se efectúan al apoderado o representante local del beneficiario radicado en el exterior. Si al efectuarse el pago o acreditamiento no se hiciera la retención, sin perjuicio de las sanciones que le correspondan a la persona que pagó o acreditó la renta, el apoderado o representante continuará como responsable del impuesto y deberá pagar al Tesoro Nacional, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha del pago o acreditamiento, una suma igual al monto del impuesto.

Como podemos apreciar, de los artículos anteriores se observa la figura de agente de retención que es toda persona natural o jurídica que realiza pagos a personas beneficiarias en el exterior de rentas panameñas, la cual es responsable de pagar al fisco el impuesto retenido de la persona beneficiada en el exterior, es decir, de otro contribuyente.

 El hecho generador que produce la obligación tributaria de la retención, declaración y pago del Impuesto sobre la Renta por remesa al exterior es el pago o acreditamiento en cuenta de beneficiarios radicados en el exterior y el agente retenedor debe pagar dentro de los 10 días siguientes a la fecha del pago o acreditamiento realizado mediante Declaración Jurada de Retenciones o Remesas al Exterior, mejor conocida como Formulario de Remesas.

En ese sentido, nos queda claro entonces que el agente retenedor sólo realiza la retención del impuesto por las sumas remesadas y que dicha retención del impuesto se deriva de renta de fuente panameña propiamente de un beneficiario extranjero, por lo cual no forma parte de la renta propia declarada de los ingresos del agente retenedor como contribuyente.

5       Calculo de impuesto por envió de remesas en el exterior

Para calcular el monto de la retención, deberán sumarse al monto que se pague, gire o acredite las sumas que se hubieran pagado, girado, acreditado o abonado al contribuyente durante el año y sobre el cincuenta por ciento (50%) de este total se aplicará la tasa del artículo 699 ó 700 de este Código a las tarifas generales. Del importe así establecido se deducirán las retenciones ya efectuadas en el año gravable.”

 


CONCLUSIÓN DE REMESAS AL EXTERIOR 

Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá.

Ayudan a mantener el equilibrio en la balanza de pagos han contribuido en algunas medidas. Hoy en día muchos de los emigrantes que entran a Panamá realizan remesa al exterior por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior.

En los artículos se observa la figura de agente de retención que es toda persona natural o jurídica que realiza pagos a personas beneficiarias en el exterior de rentas panameñas, la cual es responsable de pagar al fisco el impuesto retenido de la persona beneficiada en el exterior, es decir, de otro contribuyente.

También se conoce que los pagos de las retenciones se hagan dentro del año fiscal las sumas se deducen como un gasto.

 

 

 MAPAS MENTALES 


                 




 










IMAGENES  DE REMESAS AL EXTERIOR 









zonas francas de Albrook y zona francas del Istmo 


MIRAME👀👇  

https://drive.google.com/file/d/1g1i5yyCJwuq0K3QjmkoUrImvX3a18paO/view?usp=sharing   


CHARLA DE ZONAS FRANCAS: 

  • BATISTA, DARLENIS; 

  • BATISTA, LUS MERY; 

  • NORIEGA,MAKENSI; 

  • VEGA, GLORIA; 

  • VILLARREAL, DARIS.








DECLARACION DE RENTA 



MIRAME 👀👀👀👀👀👇





IMAGENES DE DECLARACION DE RENTA 




DECLARACION DE RENTA DE UNA PERSONA  NATURAL 













CONCLUSION 

En este semestre se han tocado temas de gran importancia como las remesas al exterior, que constituyen uno de los aspectos novedosos y cada vez más importante del estudio de la migración internacional.
También se toco el tema de las zonas franca del Istmo y la zona franca de Albrook, y por ultimo el impuesto a la renta de persona naturales y persona jurídicas.















PRESENTADOR POR: 




  • BATISTA, DARLENIS; 

  • BATISTA, LUS MERY; 

  • NORIEGA,MAKENSI; 

  • VEGA, GLORIA; 

  • VILLARREAL, DARIS.

Comentarios

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Enilka Ramos
      La remesa es la renta recibida por las personas naturales o jurídicas domiciliadas fuera del territorio de la República de Panamá, generada como producto de cualquier servicio o acto, documentado o no que beneficie a personas naturales o jurídicas.

      Eliminar
  2. Para mi la Remesas al exterior es suma importante a muchas personas, por que con este fuente de dinero que envía, le ayuda a cubrir necesidades básicas como comprar alimentos, recibir atención sanitaria o acceder a una mejor educación.

    🙋🏻Eufemio Oller

    ResponderEliminar
  3. Leyda Caceres
    Las remesas al exterior es un método considerablemente más eficiente de obtener fondos directamente para aquellos que los necesitan, gracias a la naturaleza directa de poder enviarlos a un individuo. Como resultado, esa ayuda tan necesaria puede llegar directamente al corazón de las comunidades locales y brindar un apoyo económico esencial, a diferencia de la ayuda del gobierno.

    ResponderEliminar
  4. Yolanda Soto.
    En este blog, se han detallado conceptos importantes como las remesas al exterior que son el ingreso recibido fuera del pais, por algún servicio o acto , también es importante conocer las Leyes que la regulan , y su debido calculo del impuesto.

    ResponderEliminar
  5. ANGEL MATA: de suma importancia conocer esta informacion que para calcular el monto de la retención, deberán sumarse al monto que se pague, gire o acredite las sumas que se hubieran pagado, girado, acreditado o abonado al contribuyente durante el año y sobre el cincuenta por ciento (50%) de este total se aplicará la tasa del artículo 699 ó 700 de este Código a las tarifas generales. Del importe así establecido se deducirán las retenciones ya efectuadas en el año gravable.”

    ResponderEliminar
  6. Dailis De León

    Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá. Base legal: Artículo 733 del C.F. Es decir, si Usted se encuentra en Panamá y envía hacia el exterior dinero producto de servicios o actos realizados en Panamá Usted está haciendo una remesa.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Las remesas al exterior son el pago por el servicio prestados por personas no residentes en Panamá. yariela Romero

      Eliminar
  7. Remesa al exterior se puede entender como tranferencia internacional de dinero, debido a que se envía de una persona a otra, es internacional porque para ser una remesa el destino del dinero debe ser distinto al país de donde se originó

    ResponderEliminar
  8. Valeria Bustamante
    Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá Ayudan a mantener el equilibrio en la balanza de pagos han contribuido en algunas medidas. Hoy en día muchos de los emigrantes que entran a Panamá realizan remesa al exterior por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior.

    ResponderEliminar

  9. MIGDALIA NORIEGA
    Qué son las remesas al exterior?
    Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá.
    Base legal

    ResponderEliminar
  10. La base imponible aplicable a las remesas de beneficiarios las tarifas de los artículos 699 y 700 del código fiscal se aplicarán sobre 50% de las remesas al exterior. Los cálculos del monto que se aplican al año.

    Hay también interés por las nuevas modalidades de transferencia, las cuales pueden potenciar los aspectos positivos de las remesas, y la integración financiera regional misma.

    ResponderEliminar
  11. Se entiende por remesa es la renta recibida por personas naturales o jurídicas que vive fuera de territorio panameño. Las leyes que regulan las remesas al exterior son ejecutivo 143 del 2005: Articulo 50 código fiscal, Artículos 699 a 700 decreto ejecutivo 170 de 1993, según el artículo 149 Resolución No. 201-12449 de 16 diciembre de 2011.

    ResponderEliminar
  12. Yerly de León
    por las que se entiende, normalmente, el dinero o los artículos que los migrantes envían a sus familiares y amigos en los países de origen, suelen ser el vínculo más directo y mejor conocido entre la migración y el desarrollo. Las remesas superan la asistencia para el desarrollo oficial, pero son fondos privados.

    ResponderEliminar
  13. La remesa es la renta recibida por las personas naturales o jurídicas domiciliadas fuera del territorio de la República de Panamá, generada como producto de cualquier servicio o acto, documentado o no que beneficie a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjera, ubicadas dentro de la República de Panamá. En el caso de pagos realizados a personas o
    entidades no residentes, la entidad residente está obligada a retener el impuesto sobre la renta a las tasas regulares, sobre el cincuenta por ciento (50%) de la suma remitida.

    ResponderEliminar
  14. Yehiris araúz
    Toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, cuando se remesen al exterior rentas provenientes de remuneraciones por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior.

    ResponderEliminar
  15. ¿Qué son las remesas al exterior?
    Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá.

    ResponderEliminar
  16. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  17. En este artículos se observa la figura de un agente de retención que es toda persona natural o jurídica que realiza pagos a personas beneficiarias en el exterior de rentas panameñas, el cual es responsable de pagar al fisco el impuesto retenido de la persona beneficiada en el exterior, es decir, de otro contribuyente

    ResponderEliminar
  18. En este módulo puedo observar que las remesas son más que todo lo que envía una persona ya sea natural o una empresa a un lugar fuera de nuestro territorio nacional.
    El monto de la retención, deberán sumarse al monto que se pague, gire o acredite las sumas que se hubieran pagado, girado, acreditado o abonado al contribuyente durante el año y sobre el cincuenta por ciento (50%) de este total se aplicará la tasa del artículo 699 ó 700 de este Código a las tarifas generales. Del importe así establecido se deducirán las retenciones ya efectuadas en el año gravable.”

    ResponderEliminar
  19. Ivonne Magallon
    Toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas
    a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, cuando se remesen al exterior rentas provenientes de remuneraciones por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior.

    ResponderEliminar
  20. Hache Ramos
    Las remesas es un concepto que se utiliza para referirse a cuando las personas que están en Panamá envían dinero hacia el extranjero como resultado o producto de algún trabajo que hayan realizado en el territorio nacional. A esto se le considera que la persona está haciendo una remesa.
    Tengamos presente que están obligados a retener este impuesto Todas las personas naturales o jurídicas que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas a cuenta de aquellos.

    ResponderEliminar
  21. Las remesas al exterior son enviadas por parte de trabajadores que han migrado por encontrar mejores oportunidades laborales que les generen mejor nivel de ingreso.
    Tambien por negocio, ya sea para pagar salario de empleado extranjero , facturas y otros.

    ResponderEliminar
  22. Edelys Samaniego Toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, deberá deducir y retener la cantidad que resulte de aplicar las tarifas establecidas en los artículos 699 y 700 del Código Fiscal, según sea el caso.

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

DECLARACIÓN JURADA DE RENTAS PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

"DECLARACIÒN JURADA DE RENTA PERSONA JURIDICAS" GRUPO #1